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La revista del canal farmacia

Lanzamiento del informe: Pérdida de Servicios Básicos en el Medio Rural y Despoblación

Con el presente documento, la Sociedad Española de Farmacia Rural (SEFAR) pretende sumarse a la denuncia de otros colectivos que trabajan en pro de la conservación y mejora de un medio tradicionalmente abandonado como es el rural

selection (1)De esta manera, SEFAR aborda el problema que supone la pérdida de servicios en el medio rural y su impacto en el fenómeno de la despoblación desde la óptica del que conocemos en profundidad, y que no es otro que el prestado por las oficinas de farmacia ubicadas en las pequeñas poblaciones de nuestro país donde, en muchos casos, la presencia de estos profesionales los convierte en los únicos agentes sanitarios permanentes.

Al mismo tiempo, pretende dar respuestas a una pregunta fundamental: ¿Qué es una oficina de farmacia rural y cómo identificar a las que, pese a resultar esenciales para mantener la equidad y universalidad en el acceso a esta prestación en estas poblaciones, presentan actualmente dificultades y están lejos de garantizarla de forma óptima?

En el informe se analizan los mecanismos y políticas existentes de impulso al medio rural, tanto a nivel nacional como europeo, y cómo, a pesar de la ingente cantidad de dinero invertido, el resultado no deja de estar lejos de los objetivos perseguidos.

En el caso de la prestación farmacéutica, nos encontramos con el incumplimiento de dos mecanismos simultáneos de protección: La Ley 45/2007 de Desarrollo Sostenible del Medio Rural (LDSMR), y la propia regulación ó Modelo de distribución de oficinas de farmacia, que no ponen freno al cierre paulatino y periódico de establecimientos por criterios únicamente atribuibles a aspectos económicos y no asistenciales. Al mismo tiempo, y en este mismo sentido, se incluyen y analizan diferentes ejemplos de cómo las Administraciones establecen mecanismos para salvaguardar servicios que no se prestarían por la ausencia de rentabilidad de los mismos, pero que se entiende de obligación que sean prestados, garantizando que las empresas prestadoras cubran costes de explotación y obtengan un beneficio razonable.

El medio rural espera respuestas a su situación, y nosotros, como colectivo que desarrolla su labor en el mismo, esperamos:

  • De este reciente cambio político una sensibilidad efectiva frente a esta problemática que vaya más allá de las tradicionales palabras huecas que, reconocen la situación, pero no hacen nada para revertirla.
  • Del resto de compañeros y organizaciones colegiales, que apoyen las consideraciones recogidas en el mismo y/o se sumen a mejorarlas para defender de esta forma, de una manera activa, el valor que constituye para la red de oficinas de farmacia y el modelo de distribución de las mismas la garantía de acceso a la prestación en condiciones de equidad y universalidad que ofrecen las farmacias ubicadas en el medio rural.

Entendemos que tras el anuncio de la Derogación ó modificación del RDL 16/2012, así como las derivadas que puedan desprenderse de esta acción al retrotraer la situación de estas oficinas de farmacia y del mecanismo que incrementa sus márgenes al RDL 09/2011, hacen de éste un momento adecuado para difundir este informe, esperando con ello contribuir a dar un giro definitivo que elimine la situación de precariedad de estos establecimientos y garantice de forma efectiva y óptima la prestación y el servicio en los entornos rurales.

La garantía óptima de la prestación se sitúa en la necesidad de que cada farmacéutico titular ubicado en el medio rural pueda cubrir sus gastos fijos de explotación y alcanzar a su vez unos ingresos netos equivalentes a los de un farmacéutico de atención primaria y forma parte de la línea de trabajo mantenida por la SEFAR desde su fundación.

La situación precaria de estas oficinas de farmacia esenciales, que constituyen un porcentaje cercano al 4,5% del conjunto de la red, pero que no consumen mas que el 1% de los recursos destinados a la misma, podría revertirse incrementándolos en un 0,5% de forma finalista, siendo el mecanismo más rápido de ejecución la modificación del mecanismo recogido en el RDL 09/2011, que actúa a su vez sobre sobre el RD 823/2008.