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Rosa Gómez Soto, abogada y cofundadora de Gómez Córdoba: “La desaparición de algunos incentivos fiscales en 2015 ha compensado la bajada de tipos”

Finalizado el plazo para la declaración de la Renta del pasado ejercicio, hacemos un repaso de las novedades fiscales y las inquietudes de los profesionales de farmacia a la hora de optimizar impuestos

rosa-gomez-cordoba-asesores-farmaciaEl pago de Plusvalías Municipales (por la transmisión de inmuebles) y la fiscalidad en casos de sucesiones de empresas familiares son algunas de las preocupaciones que empujan a las oficinas de farmacia a buscar asesoramiento especializado en este sector.

2016 ha sido un buen año para las oficinas de farmacia a nivel fiscal. ¿Puede concretar cifras?

Las principales novedades se refieren a la bajada de impuestos derivada de la reforma fiscal. Los nuevos tramos de 2016 bajan los tipos alrededor de 5 puntos en las bases más altas (superiores a 60.000 euros) y alrededor de 3 puntos en las bases imponibles, inferiores a 60.000 euros.

¿Por qué se ha producido un aumento en las comprobaciones de las declaraciones de IRPF?

En parte es debido a una necesidad recaudatoria, y también por la constatación de que en la actividad empresarial existe una dificultad mayor de control del cumplimiento de las obligaciones tributarias. En el caso de las farmacias, las inspecciones de Hacienda comenzaron a finales de 2014 para investigar, sobre todo, la coherencia entre las ventas que aparecían en las declaraciones fiscales en IRPF y los datos registrados en los ordenadores de los titulares. En 2016, el aumento de las comprobaciones se ha centrado en la revisión de los gastos imputados a la actividad de la farmacia.

¿Qué recomendaría al farmacéutico en estos casos?

En primer lugar, el titular farmacéutico debe saber qué gastos pueden imputarse a la actividad y cuáles no. Como criterio general, los gastos deducibles son aquellos que están directamente relacionados con la actividad y que son necesarios para la generación de ingresos (gastos afectos). Además, deben estar documentados mediante factura y registrados contablemente.

Las dudas principales que se plantean giran en torno a si los gastos de automóvil son deducibles (en el caso de las farmacias NO lo son), o si se puede prorratear el gasto cuando se hace uso de espacios compartidos por vivienda y local de farmacia. También solemos recibir consultas en relación a la deducibilidad de las sanciones o de las pérdidas por deterioro o robo de existencias.

¿Qué consecuencias ha acarreado la nueva Ley del Impuesto de Sociedades?

IMG_20170327_110741Los cambios vienen, al igual que en el IRPF, de la reforma fiscal general, cuyo ámbito de aplicación comenzó en enero de 2015. Ese año supuso una rebaja de los tipos, que fueron provisionales y previos a las bajadas de tramo definitivas aplicadas por primera vez en 2016 y ya para los años siguientes. En concreto, se fija el tipo impositivo fijo del 25% para las sociedades constituidas a partir de enero de 2016. Esta bajada de tipos ha favorecido claramente al contribuyente, disminuyendo el pago de este impuesto (al igual que el del IRPF).

Ahora bien, si Hacienda necesita aumentar los impuestos para afrontar el aumento de los gastos, ¿dónde está el truco? Lo encontramos en la desaparición de determinados incentivos fiscales que ya no son de aplicación a partir de 2015. El principal de ellos, el que más ha afectado a la farmacia (IRPF) y a la parafarmacia (Impuesto de Sociedades), es la desaparición de la deducción del 20% a los rendimientos de la actividad por mantenimiento y aumento de la plantilla media de trabajadores, con referencia al año 2008.

¿Cuáles han sido los datos más relevantes de 2016 en torno a los concursos?

Explíquenos acerca de las farmacias Vec. Una forma de adquirir una oficina de farmacia es la de su concesión por concurso de méritos. La baremación para esto la establecen las distintas comunidades autónomas, y en todas ellas se consideran méritos tanto académicos como profesionales. En el caso de la Comunidad de Madrid, por ejemplo, la máxima puntuación establecida para el ejercicio profesional era de 7 puntos. La novedad vino de la mano de un Real.

Decreto publicado en 2015, que hacía baremables también otros requisitos, como un cierto grado de minusvalía, o el haber sido titular de farmacias VEC; es decir, aquellas farmacias, generalmente instaladas en poblaciones deprimidas o de poca población, que no llegan a facturaciones por encima de los 200.000 euros anuales y que necesitan de una ayuda pública para su pervivencia.

Los primeros puestos de las listas provisionales de admitidos publicados en septiembre de 2016 los ostentan los farmacéuticos titulares de farmacias VEC. Entendemos que esto abre una nueva vía para aquellos farmacéuticos aspirantes a obtener una oficina de farmacia por concurso de méritos y, al mismo tiempo, abre la puerta a replantearse la opción de adquirir este tipo de farmacias, en su mayoría rurales, que actualmente se encuentran en el mercado a unos precios asequibles.